1. ¿Qué es marca nominativa?
1. ¿Qué es marca nominativa?
Es aquella constituida por una o más palabras en el sentido amplio del alfabeto romano, comprendiendo, también, los neologismos y las combinaciones de letras y/o guarismos romanos y/o arábicos
2. ¿Qué es marca figurativa?
2. ¿Qué es marca figurativa?
Es aquella constituida por diseño, figura o cualquier forma estilizada.
3. ¿Qué es marca mixta?
3. ¿Qué es marca mixta?
Es aquella constituida por la combinación de elementos nominativos y figurativos o de elementos nominativos, cuya grafía se presente de forma estilizada.
4. ¿Qué es marca tridimensional?
4. ¿Qué es marca tridimensional?
Es aquella constituida por la forma plástica de producto o de embalaje, cuya forma tenga capacidad distintiva en sí misma y esté disociada de cualquier efecto técnico.
5. ¿Qué es marca colectiva?
5. ¿Qué es marca colectiva?
Es aquella que tiene el objetivo de identificar productos o servicios provenientes de miembros de una determinada entidad.
6. ¿Qué es marca de certificación?
6. ¿Qué es marca de certificación?
Es aquella que certifica la conformidad de un producto o servicio con determinadas normas o especificaciones técnicas especialmente en cuanto a la calidad, naturaleza, material utilizado y metodología empleada.
7. ¿Cuáles son los derechos y deberes del titular?
7. ¿Cuáles son los derechos y deberes del titular?
La marca registrada asegura la propiedad y el uso exclusivo en todo el territorio nacional, por diez años. El titular debe mantenerla en uso y prorrogarla de diez en diez años.
8. ¿Cuándo ocurre la pérdida del derecho?
8. ¿Cuándo ocurre la pérdida del derecho?
El registro de la marca se extingue por la expiración del plazo de vigencia, por la renuncia (abandono voluntario del titular o por el representante legal), por la caducidad (falta de uso de la marca) o por la inobservancia de lo dispuesto en el art. 217 de la LPI.
9. ¿Una persona física puede requerir el registro?
9. ¿Una persona física puede requerir el registro?
La persona física puede requerir el registro de marca, siempre y cuando compruebe la actividad ejercida, a través de documento comprobatorio, expedido por el órgano competente. Se verifica la habilitación profesional ante el órgano o entidad responsable por el registro, inscripción o registro.
10. ¿Cuál es el tiempo de duración de un registro de marca?
10. ¿Cuál es el tiempo de duración de un registro de marca?
El registro de marca vigorará por el plazo de diez años, contados desde la fecha de la concesión del registro, prorrogables por períodos iguales y sucesivos.
El pedido de prórroga deberá ser formulado durante el último año de vigencia del registro, instruido con el comprobante del pago de la respectiva retribución.
Si el pedido de prórroga no se ha hecho hasta el término final de la vigencia del registro, el titular podrá hacerlo en los 6 (seis) meses subsecuentes, mediante el pago de retribución adicional.
1. ¿Qué es una Patente?
1. ¿Qué es una Patente?
Es un título de propiedad temporal otorgado por el Estado, por fuerza de ley, al inventor/autor o personas cuyos derechos deriven del mismo, para que esta o estas excluyan terceros, sin su previa autorización, de actos relativos a la materia protegida, tales como fabricación, comercialización, importación, uso, venta, etc.
2. ¿Cuáles son los tipos Naturaleza de una Patente?
2. ¿Cuáles son los tipos Naturaleza de una Patente?
En función de las diferencias existentes entre las invenciones, ellas podrán encuadrarse en las siguientes naturalezas o modalidades: Privilegio de Invención (PI) - la invención debe atender a los requisitos de actividad inventiva, novedad, y aplicación industrial. Modelo de Utilidad (MU) - nueva forma o disposición envolviendo acto inventivo que resulte en mejora funcional del objeto. Existe también el Certificado de Adición de Invención, para proteger un perfeccionamiento que se haya elaborado en materia para la cual ya se tenga un pedido o aun la Patente de Invención. Si la creación industrializable está relacionada con la forma plástica ornamental de un objeto o conjunto de líneas y colores, que pueda ser aplicada a un producto, proporcionando resultado visual nuevo y original en su configuración externa y que pueda servir de tipo de fabricación, se puede requerir un Registro de Diseño Industrial, pues en ese caso ella no podrá ser considerada una patente.
3. ¿Qué es Patentable?
3. ¿Qué es Patentable?
Es patentable la materia que no incida en las prohibiciones legales y que cumpla los requisitos legales de los Arts. 8º y 9º de la LPI (Ley de la Propiedad Industrial) o sea: la invención debe ser provista de novedad, utilización industrial, actividad inventiva y suficiencia descriptiva; el Modelo de Utilidad (MU) debe ser provisto de novedad, utilización industrial, acto inventivo y suficiencia descriptiva.
La protección del MU solo se puede conceder a un objeto de uso práctico (estando los procesos y sistemas excluidos) que acarreen acto inventivo (no provenga de manera común o vulgar del estado de la técnica, analizada por un técnico en el asunto) resultando en mejora funcional en el su uso o fabricación. Los diseños son obligatorios y el pedido también debe presentar la mejor forma de ejecución.
4. ¿Cuál es la duración de la Patente?
4. ¿Cuál es la duración de la Patente?
La Patente de Invención vigorará por el plazo de 20 (veinte) años y la de Modelo de Utilidad por el plazo de 15 (quince) años contados de la fecha de depósito (Art. 40 de la LPI).
5. ¿Cuáles son los derechos conferidos al titular de la Patente?
5. ¿Cuáles son los derechos conferidos al titular de la Patente?
El titular de la Patente tiene el derecho de impedir terceros, sin su consentimiento, de producir, poner a la venta, usar, importar producto objeto de la patente o proceso o producto obtenido directamente por proceso patentado (Capítulo V, Título I de la Ley de la Propiedad Industrial). Terceros pueden usar la invención solamente con el permiso del titular (licencia).
6. ¿Cómo proteger una invención en otros países?
6. ¿Cómo proteger una invención en otros países?
Solo hay una forma de realizarla: directamente en el país donde se desea obtener la protección. Como forma de simplificar este procedimiento el inventor puede optar por el sistema PCT donde a partir de un depósito inicial en un país miembro del PCT (siendo el Brasil uno de ellos, ese depósito podrá ser efectuado en el INPI), se designan los países que escogió para requerir su Patente.
El inventor recibirá un informe de búsqueda internacional, que debe utilizar en la decisión de entrar en la entrada de la documentación para el pedido de patente en cada país. El inventor dispone de un plazo de veinte o treinta meses, en los casos en que haya solicitado un examen preliminar internacional, para esta entrada en la etapa nacional, contados a partir de la fecha de depósito internacional.
De esta forma, la entrada de un pedido no asegura una patente internacional, pero simplifica el proceso básicamente por ofrecer un informe de búsqueda, de examen preliminar (si el inventor lo solicita) y de una extensión de plazo para las entradas de las etapas nacionales cuando se comparan por el sistema tradicional de patentes que daba solamente 12 meses para esta tarea.
7.¿Es posible divulgar una invención o modelo antes de depositarlo?
7. ¿Es posible divulgar una invención o modelo antes de depositarlo?
Es preferible siempre depositar antes. Con todo, si hay necesidad de la divulgación anterior y para que la novedad no sea perjudicada existe el Período Gratuito, que permite dicha divulgación antes de 12 (doce) meses del depósito para las Invenciones y Modelos de Utilidad.
No será considerada como estado de la técnica la divulgación por el inventor, cuando ocurre durante los doce meses que precedan la fecha de depósito. Luego, dicha divulgación no puede invalidar un depósito del propio inventor transcurrido dentro de este período gratuito de doce meses. Con todo, una segunda persona, teniendo conocimiento de dicha divulgación, en el caso de que solicite un pedido de patente de la misma materia, antes del depósito del inventor, aunque no consiga la patente porque esta ya ha sido divulgada, podrá utilizar este segundo depósito contra la novedad del pedido depositado por el inventor.
En este caso, el depósito hecho por el inventor podrá ser negado por falta de novedad, además algunos países no reconocen este período gratuito, por tanto la forma más segura de protegerse es que el inventor haga la divulgación solamente después de haber hecho el depósito en el INPI.
Es recomendable declarar, en el propio formulario de depósito, las condiciones de esta divulgación (Art. 12 de la LPI). El período gratuito no se incorpora al de la prioridad unionista.
¡Cuidado! Muchos países no reconocen este período gratuito.
8. Una vez transcurrido el tiempo de la vigencia de la patente, ¿tiene el titular algún derecho de impedir la utilización de la invención o del modelo?
8. Una vez transcurrido el tiempo de la vigencia de la patente, ¿tiene el titular algún derecho de impedir la utilización de la invención o del modelo?
No. Una vez transcurrido el período de vigencia, en el caso de falta de pago de alguna anualidad, en el caso de no exploración de la patente o renuncia del titular, cesan los derechos del titular, volviéndose la invención dominio público, de forma que cualquier persona pueda utilizarla libremente.
1. ¿Qué es Registro de Diseño Industrial?
1. ¿Qué es Registro de Diseño Industrial?
Es un título de propiedad temporal otorgado por el Estado, por fuerza de ley, al autor o personas cuyos derechos deriven del mismo, para que esta o estas excluyan terceros, sin su previa autorización, de actos relativos a la materia protegida, tales como fabricación, comercialización, importación, uso, venta, etc.
2. ¿Qué es registrable como Diseño Industrial?
2. ¿Qué es registrable como Diseño Industrial?
Es registrable como Diseño Industrial la forma plástica ornamental de un objeto o conjunto ornamental de líneas y colores que pueda ser aplicado a un producto, proporcionando visual nuevo y original en su configuración externa y que pueda servir de tipo de fabricación industrial.
Es necesario que el diseño no incida en las prohibiciones legales (Art. 100 de la LPI) y que atienda a los requisitos legales de los Artículos 95, 96, 97 y 98.
3. ¿Cuál es la duración del Registro?
3. ¿Cuál es la duración del Registro?
El Registro de DI podrá vigorar por el plazo máximo de 25 años contados a partir de la fecha del depósito, siendo el período de duración mínimo de 10 (diez) años prorrogables por más 3 (tres) períodos sucesivos de 5 (cinco) años cada (Art.108 de la LPI).
4. ¿Cuáles son los derechos conferidos al titular del Registro?
4. ¿Cuáles son los derechos conferidos al titular del Registro?
El titular del diseño industrial tiene el derecho de impedir terceros, sin su consentimiento, de producir, poner a la venta, usar, importar el diseño industrial objeto del registro (Art. 109 de la LPI).
5. ¿Es posible divulgar un invento en ferias, seminarios y congresos antes de depositarlo?
5. ¿Es posible divulgar un invento en ferias, seminarios y congresos antes de depositarlo?
Es preferible siempre depositar antes. Con todo, si hay necesidad de la divulgación anterior y para que la novedad no sea perjudicada existe el Período Gratuito, que permite dicha divulgación antes de 180 días para Registro de Diseño Industrial. En este caso es recomendable declarar, en el propio formulario de depósito, las condiciones de esta divulgación (Art. 96 y 12 de la LPI). El período Gratuito no se incorpora al de la prioridad unionista. ¡Cuidado! Muchos países no reconocen este período gratuito.
OBS.: el período gratuito no protege al requirente de depósitos realizados por terceros.